Av. de Hytasa 10. Ed. Tigesa, 3º pl. Ofic. 319. 41006 Sevilla

954 66 04 63 | 609 25 97 98

info@aspaymandaluciaempleo.com

Horario atención directa L-V: de 08:00 a 15:00 h.

Solicitar presupuesto sin compromiso

w
w

Solicita aquí tu presupuesto sin compromiso

GESTIÓN Y CUMPLIMIENTO
DE LA CUOTA
DE RESERVA

Las empresas que no cumplan con la cuota de reserva del 2% que marca la Ley General de la Discapacidad, pueden solicitar una declaración o certificado de excepcionalidad, siempre que acrediten la imposibilidad de cumplir con la ley a través de la contratación directa. Recordamos que las compañías de más de 50 trabajadores tienen la obligación legal de incorporar un porcentaje de profesionales con discapacidad no inferior al 2%. La declaración de excepcionalidad autoriza al cumplimiento de la Ley a través de Medidas alternativas.

Medidas alternativas a la Ley General de la Discapacidad (LGD).

¿QUIERES SABER SI ESTÁS CUMPLIENDO
LA CUOTA DE RESERVA?

Calculamos por ti el importe correspondiente si optas por las medidas alternativas

Facilítanos tus datos y te enviaremos el cálculo correspondiente:

*Correspondientes a los 12 meses anteriores al de la fecha de solicitud. Los contratos temporales de más de un año se computan como fijos. Los contratos hasta 1 año se computan según el número de días trabajados: por 200 días, sumados los que corresponden de festivos, vacaciones o descanso semanal, corresponderá un trabajador más.

ALTERNATIVAS
DE CUMPLIMIENTO

5

ALTERNATIVA DONATIVOS PARA JUSTIFICAR LAS MEDIDAS EXCEPCIONALES.

5

ALTERNATIVA DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y SUMINISTROS A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO PARA CUMPLIMIENTO DE RESERVA.

5

ENCLAVE LABORAL. La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.

SI ERES ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, EXISTE LA Reserva de la contratación PÚBLICA
pARA centros especiales de empleo
de iniciativa social

La reserva tiene como objetivo promover el empleo de personas con discapacidad, otorgando preferencia a los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social (CEEIS) en los procesos de contratación pública.

Características Clave

01.

Contratos Reservados:

  • Las autoridades públicas tienen la obligación de reservar un porcentaje de la contratación pública en favor de los CEEIS.
  • Estos contratos pueden abarcar cualquier tipo de servicios y bienes, incluyendo limpieza, conserjería, mantenimiento, catering, etc.
02.

Criterios para los CEEIS:

    • Para calificar, los CEEIS deben tener al menos el 70% de su plantilla compuesta por personas con discapacidad.
    • Y ser de iniciativa social, es decir, su capital pertenece mayoritariamente a una entidad sin ánimo de lucro.
    • Reinversión de sus beneficios.
03.

Legislación y Marco Normativo:

  • La reserva está regulada por leyes y normativas nacionales que se alinean con las directivas de la UE sobre contratación pública.
  • Las leyes aseguran que los procesos de contratación sean competitivos mientras fomentan la plena inclusión de las personas con discapacidades.
04.

Ventajas:

    • Genera una Tasa de Retorno para la administración pública al invertir el gasto público en CEEIS.
    • La contratación pública se convierte en un instrumento de cohesión y de responsabilidad social.
    • Fomenta la participación de las entidades del sector en la gestión pública.
    • Aumenta las oportunidades de empleo para personas con discapacidad.
Al reservar una parte de los contratos públicos para los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social, la administración pública contribuye significativamente a la integración económica y social de las personas con discapacidad, promoviendo una fuerza laboral más inclusiva y diversa.